Condiciones generales de compra
Condiciones generales de compra
§ 1 Ámbito de aplicación
Las siguientes Condiciones Generales de Compra (CGC) se aplicarán a todos los pedidos/contratos de ROTHENBERGER Werkzeuge GmbH (en adelante "ROTHENBERGER" o "nosotros"). No se reconocen condiciones contrarias o divergentes del contratista (en adelante "Contratista"), a no ser que ROTHENBERGER acepte expresamente su validez. Con respecto a los socios comerciales, las siguientes CGC (hasta que sean sustituidas por una nueva edición de las CGC) se aplicarán también a todas las transacciones posteriores sin necesidad de una nueva transmisión.
§ 2 Oferta y celebración del contrato
(1) Salvo que se regule expresamente lo contrario, el contratista está vinculado por las ofertas realizadas a ROTHENBERGER. Esto incluye también las muestras, dibujos, ilustraciones y descripciones presentadas, incluidos los datos de rendimiento, dimensiones, pesos, etc., así como cualquier otra información.
(2) Los pedidos de ROTHENBERGER, así como sus modificaciones o complementos, sólo son jurídicamente vinculantes si se realizan por escrito. Después de que ROTHENBERGER haya realizado un pedido, el contratista deberá enviar una confirmación de pedido por escrito a ROTHENBERGER inmediatamente, pero en un plazo máximo de 4 días naturales (fecha de recepción por parte de ROTHENBERGER). Si la confirmación de pedido se recibe con retraso, ROTHENBERGER tiene derecho a anular el pedido inmediatamente y bajo exclusión de cualquier responsabilidad al respecto. Las confirmaciones de pedido que se desvíen del pedido no serán válidas, salvo aceptación expresa por parte de ROTHENBERGER.
(3) Las ofertas, presupuestos y muestras del contratista son gratuitos para ROTHENBERGER.
§ 3 Precios, transferencia de riesgos, envío.
(1) Los precios acordados son precios fijos sin IVA, pero incluyen la entrega DDP (Incoterms 2010), así como el embalaje, el seguro, el montaje y la aduana. En el caso de maquinaria y equipos, el precio también incluirá la correcta instalación y puesta en marcha, así como la instrucción de nuestro personal.
(2) La transferencia del riesgo tendrá lugar en el momento de la entrega en el lugar acordado.
§ 4 Entrega, plazos de entrega, demora.
(1) Todas las entregas se realizarán DDP (Incoterms 2010). El contratista informará sin demora a ROTHENBERGER de todas las circunstancias que puedan provocar un retraso en la fecha de entrega.
(2) En caso de retraso en la entrega de más de tres días laborables, ROTHENBERGER tendrá derecho a cobrar una penalización del 1% del valor de los bienes afectados por el retraso, pero no superior al 5% del valor del pedido, por cada semana iniciada de retraso. La penalización puede hacerse valer independientemente de una reclamación por daños y perjuicios debidos al retraso, pero se compensará con cualquier reclamación por daños y perjuicios.
(3) Tras la expiración infructuosa de un plazo de gracia razonable, ROTHENBERGER tendrá derecho a rescindir el contrato y a reclamar daños y perjuicios conforme a las disposiciones legales.
(4) En principio, las entregas mediante transporte por camión sólo pueden aceptarse de lunes a viernes en el horario de 07.15 a 12.00 horas, así como entre las 12.30 y las 17.00 horas. El contratista deberá informar de ello a ROTHENBERGER el día de la expedición. El día de la expedición, el contratista deberá presentar a ROTHENBERGER el albarán de entrega (véase § 5 (2) de estas CGC) por duplicado.
(5) En el caso de suministros de mercancías peligrosas, el contratista está obligado a cumplir la normativa sobre mercancías peligrosas, así como todas las demás normativas y leyes nacionales e internacionales aplicables.
§ 5 Recepción de mercancías, examen de mercancías, notificación de defectos.
(1) Las directrices de entrega de ROTHENBERGER, que pueden consultarse en http://www.rothenberger.com/service/anlieferrichtlinien, deben observarse de forma vinculante. Todas las normas de embalaje/marcado especificadas son vinculantes y facultan a ROTHENBERGER a rechazar la aceptación en caso de incumplimiento. A petición, el contratista está obligado a deshacerse gratuitamente del embalaje. Cada producto, su embalaje exterior así como el embalaje de transporte deben llevar la marca de código de barras (EAN) prevista para el producto, de lo contrario ROTHENBERGER tiene derecho a rechazar la aceptación de la entrega.
(2) Las facturas de entrega deben contener nuestro número de pedido, la posición del pedido, el número de artículo, la descripción del artículo así como el número del arancel aduanero. Si esta información está incompleta, ROTHENBERGER tendrá derecho a devolver la mercancía al contratista a portes debidos. En la medida en que sea relevante, el albarán de entrega deberá contener la información según la Ordenanza de Prohibición de Sustancias Químicas (Chemikalienverbots-VO) en la versión válida el día del envío.
(3) La obligación de ROTHENBERGER de inspeccionar la mercancía entrante no se aplicará si las partes han acordado un plan de inspección individual para la calidad de la mercancía inmediatamente antes o en el momento de la salida de la mercancía. A petición de ROTHENBERGER, el contratista se compromete a celebrar con ROTHENBERGER un acuerdo de garantía de calidad (QAA) con un contenido estándar en el sector.
(4) ROTHENBERGER tiene derecho a plantear reclamaciones por defectos en un plazo de 21 días a partir de la recepción de la mercancía, en el caso de defectos ocultos a partir del descubrimiento de los defectos.
§ 6 Calidad y cumplimiento de los requisitos legales
(1) El contratista garantiza que los productos suministrados por él cumplen los requisitos legales u oficiales o acordados contractualmente, así como (si se nombra o conoce un lugar de uso) la normativa aplicable en el lugar de uso, en particular en lo que respecta a la seguridad de los productos.
(2) Además, los productos entregados o los servicios a prestar por el Contratista deberán cumplir los requisitos de calidad y las especificaciones técnicas acordadas con ROTHENBERGER, incluidos todos los anexos y referencias cruzadas mencionados en los mismos. La documentación requerida, por ejemplo las instrucciones de seguridad, son una parte esencial de la entrega y tienen que cumplir con la normativa legal y la práctica comercial/industrial habitual.
(3) En la medida en que sea pertinente, el Contratista garantiza la conformidad de los productos entregados con la Directiva RoHS, el Reglamento REACH, así como la ElektroG, incluidas las obligaciones de etiquetado pertinentes. El contratista eximirá a ROTHENBERGER de cualquier reclamación o demanda de terceros por incumplimiento de la normativa mencionada. Si se le solicita, el Contratista está obligado a proporcionar a ROTHENBERGER una declaración de conformidad legal vinculante por separado.
(4) El contratista se compromete a presentar sin demora todas las declaraciones exigidas por ley o por las autoridades, por ejemplo según la Directiva RoHS, el Reglamento REACH o la ElektroG, si así se le requiere.
(5) El Contratista garantiza que, en la medida en que los productos entregados entren en el ámbito de aplicación del Reglamento REACH, se registrará/inscribirá de conformidad con las disposiciones del Reglamento y cumplirá con las demás obligaciones, por ejemplo en lo que respecta a la elaboración de fichas de datos de seguridad. El contratista enviará a ROTHENBERGER sin demora y a petición cualquier modificación o nueva versión de las fichas de datos de seguridad. Deberá indemnizar a ROTHENBERGER por las reclamaciones y demandas de terceros debidas al incumplimiento de las disposiciones de la ordenanza. El contratista garantiza además que ninguno de sus productos contiene sustancias peligrosas según la respectiva lista actual de candidatos de la ECHA (sustancias SVHC).
§ 7 Suministro de piezas de recambio y de desgaste.
El contratista garantiza el suministro de piezas de repuesto y de desgaste para los productos adquiridos a ROTHENBERGER durante un periodo de 10 años a partir de la última entrega.
§ 8 Garantía, daños, responsabilidad del producto.
(1) Se acuerda como calidad debida de los objetos a suministrar que todos los objetos suministrados y todos los servicios prestados se ajusten a las especificaciones/calidades acordadas, al estado de la técnica, a las disposiciones legales pertinentes y, en la medida en que sean aplicables, a los reglamentos y directrices pertinentes de las autoridades, asociaciones profesionales y gremios. Las desviaciones de las mismas constituirán un defecto. Si el Contratista entrega un artículo diferente o una cantidad insuficiente, esto constituirá un defecto.
(2) Si la mercancía entregada es defectuosa, ROTHENBERGER tiene derecho, según su propio criterio, a exigir un cumplimiento posterior, una reducción del precio o una indemnización por daños y perjuicios, o a rescindir el contrato de acuerdo con los requisitos legales. ROTHENBERGER podrá exigir al contratista el reembolso de los costes de sustitución para la reparación de la mercancía defectuosa, siempre que no superen el 30% del valor de la mercancía y no se haya ofrecido un cumplimiento posterior inmediato por parte del contratista en el plazo de 3 días desde la notificación del defecto. Si el cumplimiento posterior ofrecido por el contratista no tiene lugar inmediatamente o fracasa, ROTHENBERGER podrá facturar al contratista todos los costes de cumplimiento sustitutivo necesarios y razonables. El lugar de cumplimiento del cumplimiento posterior es el lugar en el que se encuentra la mercancía según lo previsto, en el caso de la compra de mercancías, sin embargo, a elección de ROTHENBERGER en el cliente final o en la fábrica de Kelkheim.
(3) El plazo de garantía es de 24 meses a partir de la transmisión del riesgo. La presunción del § 477 BGB se aplica durante los 24 meses completos e independientemente de si el último comprador de la cadena de suministro fue un consumidor o un empresario. Otras reclamaciones, por ejemplo con respecto a la limitación de las reclamaciones de recurso de acuerdo con el § 445b BGB, no se verán afectadas.
(4) Si se presenta una reclamación contra ROTHENBERGER sobre la base de la responsabilidad por el producto, el contratista estará obligado a indemnizarnos por dichas reclamaciones, siempre y cuando el daño haya sido causado por un defecto en el producto suministrado por el contratista. En los casos de responsabilidad basada en la culpa, esto sólo se aplicará si el Contratista es culpable. Si la causa del daño se encuentra dentro del área de responsabilidad del Contratista, éste deberá demostrar que no es culpable. En caso de una acción de retirada de productos como consecuencia de un defecto en el producto suministrado por el contratista, el contratista correrá con los costes de la acción de retirada. ROTHENBERGER informará y consultará debidamente al OC en los casos de responsabilidad y le dará la oportunidad de investigar el caso de daños.
(5) El OC se compromete a mantener un seguro de responsabilidad por productos defectuosos con una cobertura global de al menos 10 millones de euros por daños personales/daños materiales; las reclamaciones posteriores por daños y perjuicios por parte de ROTHENBERGER no se verán afectadas por ello.
§ 9 Pago, facturación
(1) Las facturas se enviarán inmediatamente, pero no más de 10 días después de la entrega o de la ejecución contractual completa, indicando todos los datos del pedido en un solo ejemplar a la dirección de facturación indicada en el pedido correspondiente.
(2) Salvo que se acuerde otra cosa por escrito, las facturas serán pagaderas en un plazo de 20 días menos un 3% de descuento o a los 30 días netos.
(3) El plazo de pago de las facturas sólo comenzará tras la entrega o prestación completa y sin defectos y la recepción de la factura. Si, además de la entrega de la mercancía, el contratista debe presentar documentos de recepción, certificados de material u otros documentos, el vencimiento de la factura sólo se producirá con la recepción completa de estos documentos por parte de ROTHENBERGER. En el caso de servicios de obra a prestar por el contratista, su factura sólo será pagadera cuando el servicio de obra haya sido aceptado por escrito por ROTHENBERGER o se haya producido una ficción legal de aceptación.
(4) Los pagos se realizan previa comprobación de la factura. En ningún caso representan un reconocimiento de entrega o prestación correcta ni una renuncia a reclamación según §377 HBG.
(5) A ROTHENBERGER le asistirán los derechos de compensación y retención en la medida prevista por la ley.
§ 10 Derechos de propiedad industrial
El contratista garantiza que su suministro/servicio no infringe los derechos de terceros. Si, a pesar de ello, se infringen los derechos de terceros, el contratista eximirá a ROTHENBERGER de cualquier responsabilidad. Esta obligación de indemnización se extiende a todos los gastos en que incurra ROTHENBERGER en relación con la reclamación de un tercero y que ROTHENBERGER considere necesarios.
§ 11 Propiedad, derechos de autor, secreto.
(1) Todos los documentos, materiales, objetos, etc. entregados por ROTHENBERGER para la ejecución del encargo seguirán siendo propiedad de ROTHENBERGER, deberán ser asegurados adecuadamente por el contratista, sólo podrán ser entregados a terceros con el consentimiento previo por escrito de ROTHENBERGER y deberán ser devueltos inmediatamente a petición de ROTHENBERGER en cualquier momento y con exclusión de todo derecho de retención. Deberán devolverse a ROTHENBERGER sin ser solicitados en cuanto ya no sean necesarios para la ejecución ulterior del contrato.
(2) El contratista se compromete a mantener la confidencialidad de la información confidencial de ROTHENBERGER, incluido el know-how, que haya llegado a su conocimiento a través de la cooperación con ROTHENBERGER. A petición de ROTHENBERGER, el contratista celebrará con ROTHENBERGER un acuerdo de confidencialidad independiente con el contenido habitual en el sector.
(3) En caso de transformación de bienes de ROTHENBERGER en un nuevo bien mueble, ROTHENBERGER adquiere la copropiedad del nuevo bien mueble. La cuota de copropiedad se determina en función de la relación entre el valor de la transformación y el valor del bien suministrado.
**§ Artículo 12 Protección de datos
El Contratista se compromete a cumplir la normativa aplicable en materia de protección de datos. En caso necesario, celebrará un acuerdo con ROTHENBERGER para la tramitación del pedido de conformidad con el art. 28 DSGVO. El contratista acepta que ROTHENBERGER almacene y procese sus datos comerciales, incluidos los datos personales relacionados con ellos, para su uso en operaciones comerciales.
§ 13 Productos originarios, declaración de conformidad CE, declaración vinculante del proveedor.
(1) El Contratista deberá probar el origen de las mercancías mediante un certificado de origen sin que se le solicite la entrega del mismo. Si no cumple con esta obligación, responderá frente a ROTHENBERGER de todos los daños y perjuicios que de ello se deriven.
(2) En el caso de entregas/pedidos continuos o recurrentes, el contratista está obligado a presentar una declaración de proveedor a largo plazo al comienzo de cada año. El contratista tiene que presentar la declaración CE de conformidad o la declaración contractual de proveedor antes de la primera entrega por artículo sin que se le solicite.
§ 14 Código de conducta del proveedor
El Código de conducta para proveedores de ROTHENBERGER (SCoC), que puede consultarse en https://rothenberger.com/de-de/supplier-code-of-conduct-ro-scoc/, forma parte integrante de la relación contractual. El contratista se compromete a cumplir las disposiciones del CdC.
§ 15 Lugar de ejecución, jurisdicción, ley aplicable.
(1) Se aplicará exclusivamente la legislación alemana, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
(2) El lugar de cumplimiento es el domicilio social de ROTHENBERGER en Kelkheim.
(3) El fuero competente para todos los litigios entre nosotros y en relación con los suministros a ROTHENBERGER y con las presentes CGC es Fráncfort del Meno.
§ 16 Cláusula de salvedad
En caso de que alguna de las disposiciones de estas CGC fuera o llegara a ser inválida, el resto de las disposiciones no se verán afectadas. Las partes se comprometen a sustituir la disposición inválida por una disposición válida que se aproxime lo más posible al contenido de la disposición inválida.
El Contratista confirma su conformidad con las presentes CGC y se compromete a cumplir las obligaciones establecidas en las mismas:
Nombre del Contratista:
Dirección del Proveedor:
Responsable interno:
Lugar, fecha Firma(s), sello