Condiciones generales para la exportación de mercancías

Condiciones generales de exportación de mercancías - AExB

§ 1 Disposiciones generales

(1) Las presentes Condiciones Generales de Exportación (AExB) se aplicarán a todas las transacciones comerciales entre el comprador y ROTHENBERGER en la medida en que se trate de transacciones/tratos comerciales similares o relacionados. No se aceptarán condiciones generales del comprador y sólo se aplicarán en la medida en que se hayan acordado explícitamente por escrito en casos concretos.

(2) Cuando estas AExB se apliquen a un contrato específico, las modificaciones o desviaciones de las mismas deberán acordarse por escrito.

§§ 2 Definiciones

En estos AExB los siguientes términos tendrán el significado que aquí se les asigna:

\Por "contrato" se entenderá el acuerdo escrito entre las partes relativo a la ejecución de los bienes y servicios y todos los apéndices, incluidas las modificaciones y adiciones acordadas a dichos documentos;

\precio del contrato": el pago a realizar por los bienes y servicios;

\Por "negligencia grave" se entenderá una acción u omisión que implique, o bien no prestar la debida atención a las graves consecuencias que una parte contratante consciente prevería normalmente como probables, o bien hacer caso omiso deliberadamente de las consecuencias de dicha acción u omisión;

\Por "escrito" se entenderá la comunicación mediante documento firmado por las partes, o por carta o fax, correo electrónico y por cualquier otro medio acordado por las partes;

\Por "bienes" se entenderá la maquinaria, aparatos, materiales y artículos que ROTHENBERGER deba suministrar en virtud del contrato;

\Por "emplazamiento" se entenderá el lugar donde se van a montar los bienes, incluida toda la zona circundante que sea necesaria para la descarga, el almacenamiento y el transporte interno de los bienes y del equipo de montaje.

§ 3 Información sobre el producto, no divulgación, propiedad de los documentos

(1) Todas las informaciones y datos contenidos en la documentación general del producto y en las listas de precios, ya sean electrónicas o en cualquier otra forma, sólo serán vinculantes en la medida en que se incluyan expresamente por referencia en el contrato.

(2) Todos los dibujos y documentación técnica relativos a los productos presentados por una parte a la otra antes o después de la formación del contrato seguirán siendo propiedad de la parte que los haya presentado.

(3) Los dibujos, documentos técnicos u otra información técnica que reciba el comprador no podrán utilizarse, sin el consentimiento de ROTHENBERGER, para ningún otro fin distinto de aquel para el que se facilitaron. El comprador deberá guardar secreto sobre cualquier información, incluidos conocimientos técnicos, documentos, planos, dibujos, etc. de los que haya tenido conocimiento a través de su colaboración con ROTHENBERGER. No podrán, sin el consentimiento de ROTHENBERGER, ser utilizados o copiados, reproducidos, transmitidos o comunicados a terceros.

(4) Si el Comprador actúa incumpliendo este deber de confidencialidad, ROTHENBERGER tendrá derecho a exigir una indemnización por daños y perjuicios de 50.000 euros por cada incumplimiento distinto.

(5) ROTHENBERGER facilitará al comprador la documentación e información que sean necesarias para que el comprador pueda explotar las obras. ROTHENBERGER no está obligada a facilitar planos de fabricación de la mercancía ni de las piezas de recambio.

**§ 4 Precios y pago

(1) Los precios son válidos para la entrega en fábrica sin IVA. En caso necesario, los gastos de envío y manipulación que se cobrarán por separado.

(2) Las partes acuerdan las siguientes condiciones de pago: directamente sin descuento.

(3) ROTHENBERGER cobra un importe de 40 EURO en concepto de gastos administrativos para todos los pedidos con un valor inferior a 500 EURO netos.

(4) ROTHENBERGER cobra un importe de 25 EURO en concepto de gastos administrativos para todos los pedidos de piezas de recambio con un valor inferior a 100 EURO netos.

(5) En caso de demora en el pago, ROTHENBERGER tiene derecho a cobrar intereses de demora por valor de 5 puntos porcentuales por encima del tipo básico de préstamo del Deutsche Bundesbank, a partir del día en que vencía el pago.

**§ 5 Entrega y plazo de entrega

(1) La entrega se realizará Ex Works (EXW Incoterms 2010). El lugar de entrega es el almacén correspondiente de ROTHENBERGER.

(2) El inicio del plazo de entrega indicado por ROTHENBERGER presupone que el comprador cumple correcta y puntualmente con sus obligaciones.

(3) En caso de demora en la aceptación (si se ha acordado) o de cualquier otro incumplimiento culpable por parte del comprador de su obligación de colaboración, ROTHENBERGER tiene derecho a reclamar daños y perjuicios, incluidos todos los gastos adicionales necesarios. ROTHENBERGER se reserva el derecho a hacer valer otras reclamaciones.

(4) En caso de demora en la aceptación (si así se ha acordado), cualquier riesgo de pérdida o daño de la mercancía pasará al comprador desde el comienzo del retraso.

(5) ROTHENBERGER queda eximida de la obligación de cumplimiento salvo por cualquier operación de derecho (obstáculos legales como embargos, restricciones a la exportación, etc.), así como por todos los motivos de fuerza mayor.

(6) Si el Comprador tiene intención de revender la mercancía, se compromete a respetar las restricciones legales a la exportación y cualquier otra disposición establecida, por ejemplo, como la Ley de Control de Armas Militares y la Ley de Exportación, así como las restricciones comerciales internacionales, los boicots y las sanciones de la ONU. Si el Comprador infringe alguna de estas disposiciones, deberá indemnizar al Proveedor por todas las sanciones civiles y multas administrativas, así como por cualesquiera otras multas.

§ 6 Modificaciones, desviaciones; riesgo de contratación/ejercicio

(1) ROTHENBERGER tiene derecho a realizar modificaciones no esenciales en el material y la construcción, siempre que dichas modificaciones no tengan consecuencias para el precio, la calidad, la capacidad funcional o la eficiencia acordados.

(2) ROTHENBERGER no asume en ningún caso el riesgo de aprovisionamiento (riesgo de ejercicio).

**§ 7 Transmisión del riesgo

El riesgo de pérdida o deterioro de la mercancía se transmitirá al comprador cuando ROTHENBERGER ponga la mercancía a disposición del comprador, según EXW INCOTERMS 2010.

§ 8 Incumplimiento del comprador

(1) Si el comprador prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones necesarias para la entrega de la mercancía por parte de ROTHENBERGER, incluyendo todos los trabajos preparatorios y asegurándose de que ROTHENBERGER ha sido informado sobre todas las normativas y leyes pertinentes, deberá notificarlo inmediatamente a ROTHENBERGER por escrito, indicando el motivo y el momento en que podrá cumplir con sus obligaciones.

(2) Si el comprador no cumple correctamente y a su debido tiempo sus obligaciones necesarias para la entrega de la mercancía, cualquier fecha fijada que vincule a ROTHENBERGER, pierde su carácter vinculante. En este caso, ROTHENBERGER podrá suspender total o parcialmente la ejecución del contrato y podrá requerir por escrito al comprador para que subsane el incumplimiento en un plazo final razonable. ROTHENBERGER se encargará del almacenamiento de la mercancía por cuenta y riesgo del comprador.

(3) Si el cumplimiento se retrasa por culpa del comprador, éste deberá pagar la parte del precio del contrato que, de no ser por el retraso, hubiera vencido. El comprador reembolsará a ROTHENBERGER los gastos en los que razonablemente haya incurrido ROTHENBERGER como consecuencia de las medidas antes mencionadas.

(4) Si el comprador no cumple y no subsana su incumplimiento dentro del plazo fijado por ROTHEN-BERGER conforme al § 8 apartado 2, ROTHENBERGER podrá rescindir el contrato mediante notificación por escrito. En ese caso, ROTHENBERGER tendrá derecho a una indemnización por los daños sufridos a causa del incumplimiento del comprador.

(5) El almacenamiento de la mercancía suministrada en las instalaciones del comprador corre por cuenta y riesgo del comprador. La mercancía suministrada por ROTHENBERGER no debe almacenarse en el exterior, aunque se coloquen cubiertas, cajas, etc. sobre la mercancía para su protección. En caso de almacenamiento en el exterior, ROTHENBERGER declina toda responsabilidad por defectos.

**§ 9 Reserva de propiedad

(1) Todas las mercancías vendidas al comprador seguirán siendo propiedad de ROTHENBERGER hasta su pago íntegro, incluido el pago por la entrega de la mercancía y los intereses de demora, en la medida en que dicha reserva de propiedad sea válida conforme a la legislación aplicable.

(2) A petición de ROTHENBERGER, el comprador ayudará a ROTHENBERGER a tomar todas las medidas necesarias para proteger la propiedad de ROTHENBERGER sobre la mercancía en el país en cuestión.

(3) La reserva de propiedad no afectará a la transmisión del riesgo conforme al art. 7. (4).

§§ 10 Responsabilidad por defectos; Garantía

(1) En virtud de lo dispuesto en este § 10, ROTHENBERGER subsanará cualquier defecto o falta de conformidad de la mercancía resultante de un diseño, material o mano de obra defectuosos. En ningún caso ROTHENBERGER asume una garantía por propiedades y condiciones.

(2) La responsabilidad de ROTHENBERGER se limita a los defectos de la obra que aparezcan en un plazo de 12 meses con un uso diario de 1 turno (8 horas) a partir de la cesión del riesgo o la recepción de la mercancía. Si el uso diario supera el uso acordado, este periodo de garantía se reducirá proporcionalmente. Si la recepción se retrasa por causas imputables al comprador, la responsabilidad de ROTHENBERGER por defectos no se prolongará más allá de 18 meses a partir de la entrega. El lugar de cumplimiento suplementario es el emplazamiento de ROTHENBERGER en Kelkheim.

(3) El comprador deberá notificar por escrito a ROTHENBERGER, sin demora injustificada y describiendo el defecto, cualquier vicio que aparezca. En ningún caso la notificación se realizará más tarde de 2 semanas tras el vencimiento del plazo establecido en el art. 10, párr. 2. 2. Si el comprador no notifica por escrito a ROTHENBERGER un defecto dentro del plazo establecido en esta cláusula, perderá su derecho a la subsanación del defecto.

(4) El vencimiento del plazo indicado en § 10 párrafo 2 se suspende con la aparición del vicio y continúa con la subsanación del vicio efectuada.

(5) Siempre que el defecto pueda causar daños graves, el comprador deberá informar inmediatamente por escrito a ROTHENBERGER. El comprador asumirá el riesgo de los daños derivados de su falta de notificación.

(6) Una vez recibida la notificación, ROTHENBERGER subsanará el defecto sin demora y a su costa. ROTHENBERGER podrá encargar a un tercero la subsanación del defecto, siempre que los costes previstos para ROTHENBERGER sean excesivamente elevados. El comprador subsanará los defectos menores previa consulta con ROTHENBERGER.

(8) Condición previa para la responsabilidad de ROTHENBERGER es el mantenimiento regular, adecuado y profesionalmente verificable, el uso de materiales y piezas de desgaste y de repuesto de ROTHENBERGER, así como el almacenamiento adecuado de la mercancía según las instrucciones de almacenamiento vigentes de ROTHENBERGER. Ninguna subsanación de un defecto se considerará como reconocimiento.

(9) Si el comprador ha efectuado dicha notificación y según lo mencionado en el § 10 apartado 3 no se encuentra ningún defecto del que ROTHENBERGER sea responsable, ROTHENBERGER tendrá derecho a una indemnización por todos los gastos ocasionados como consecuencia de esta notificación.

(10) Quedan excluidas de responsabilidad las piezas de desgaste.

(11) El lugar de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad por defectos es el lugar de entrega según § 5 (1).

**§ 11 Limitación de responsabilidad

(1) ROTHENBERGER no responderá de los daños materiales causados por la mercancía después de la competencia y mientras esté en posesión del comprador por negligencia. ROTHENBERGER tampoco responderá de los daños causados por negligencia a los productos fabricados por el comprador o a los productos de los que formen parte los productos del comprador.

(2) Si ROTHENBERGER incurriera en responsabilidad frente a terceros por los daños materiales descritos anteriormente, el comprador indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad a ROTHENBERGER.

(3) Esta limitación de responsabilidad no se aplica a los daños por negligencia grave o dolo ni a la responsabilidad por el producto.

§ 12 Obligación de recogida y eliminación de residuos

(1) Con respecto a los aparatos eléctricos y electrónicos nuevos a los que se aplica la Directiva RAEE (2002/96/UE), puestos en circulación después del 13.08.2005, el comprador será responsable de la eliminación de los residuos de acuerdo con las disposiciones de la ley.

(2) Lo mismo se aplica a los aparatos eléctricos y electrónicos puestos en circulación como aparatos nuevos antes del 13.08.2005.

§ 13 Software

En la medida en que el software forme parte del suministro, el comprador está autorizado a utilizar el software y la documentación de forma no exclusiva con la mercancía/el objeto de suministro determinado. ROTHENBERGER se reserva todos los demás derechos sobre el software, la documentación y las copias. El comprador no está autorizado a conceder sublicencias. El comprador no está autorizado a duplicar, reproducir, modificar el software, ni a cambiar o eliminar los datos del fabricante y el aviso de copyright.

§ 14 Litigios; Derecho aplicable

(1) Cualquier disputa, controversia, cuestión o interpretación que surja en virtud del contrato o de la relación comercial entre ROTHENBERGER y el comprador, o en relación con los mismos, será sometida, determinada y resuelta por el tribunal competente de Frankfurt, Alemania. Por la presente, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de dicho tribunal.

(2) Todas las transacciones comerciales o contratos entre ROTHENBERGER y el comprador se regirán por la legislación alemana, con exclusión de la aplicación de la CISG.

**§ 15 Cláusula de salvedad

En caso de que alguna de las disposiciones de las presentes Condiciones Generales fuera o llegara a ser inválida o nula, ello no afectará a las demás disposiciones. Las Partes están obligadas a sustituir la disposición inválida por otra que se aproxime lo más posible a su finalidad comercial original.