Condiciones Generales de Venta (CGV) - Nacional
Condiciones Generales de Venta (CGV) - Nacional
1. Ámbito
1\ 1 Las presentes Condiciones Generales de Venta (CGV) se aplicarán a todas las relaciones comerciales de ROTHENBERGER Werkzeuge GmbH, Industriestraße 7, 65779 Kelkheim ("nosotros" o "nos") con nuestros clientes ("Comprador" o "Comprador"). Las CGV sólo serán de aplicación si el Comprador es un empresario (§ 14 BGB), una persona jurídica de derecho público o un patrimonio especial de derecho público. En general, no suministramos directamente a consumidores (§ 13 BGB).
1.2 Las CGV se aplican en particular a los contratos de compraventa y/o entrega de bienes muebles ("Bienes"), independientemente de que fabriquemos los Bienes nosotros mismos o los compremos a proveedores (§§ 433, 651 BGB). Salvo acuerdo en contrario, las CGV en la versión vigente en el momento del pedido del Comprador o, en cualquier caso, en la última versión notificada al Comprador en forma de texto, se aplicarán también como acuerdo marco para futuros contratos similares sin que tengamos que referirnos a ellas de nuevo en cada caso individual.
1.3 Se aplicarán exclusivamente nuestras CGV. Las CGC divergentes, contradictorias o complementarias del Comprador sólo formarán parte del contrato si y en la medida en que hayamos consentido expresamente su aplicación. Este requisito de consentimiento se aplicará en cualquier caso, por ejemplo, incluso si realizamos la entrega sin reservas con conocimiento de las CGC del Comprador.
1.4 Los acuerdos individuales celebrados con el Comprador en casos concretos (incluidos acuerdos colaterales, suplementos y modificaciones) tendrán prioridad sobre estas CGC. Salvo prueba en contrario, un contrato escrito o nuestra confirmación por escrito serán determinantes para el contenido de dichos acuerdos.
2. celebración del contrato
2.1 Todas las ofertas están sujetas a cambios. Los datos de los catálogos y folletos sólo tienen validez aproximada. Nos reservamos el derecho a realizar cambios en el diseño. La documentación técnica (por ejemplo, dibujos, planos, cálculos, cálculos, referencias a normas DIN) no son vinculantes para nosotros, a menos que se acuerde lo contrario.
2.2 El comprador queda vinculado a su pedido durante 4 semanas. El contrato de compraventa se perfeccionará si confirmamos por escrito la aceptación del pedido dentro de este plazo o si hemos efectuado la entrega.
2\ 3 Los complementos verbales, telefónicos y por télex, las modificaciones y los acuerdos subsidiarios requieren nuestra confirmación por escrito.
3. precios y condiciones de pago
3.1 Salvo que se acuerde o se indique lo contrario (por ejemplo, para entregas dentro de Alemania), los precios son EXW (INCOTERMS 2020), basados en nuestra respectiva ubicación especificada, excluyendo embalaje, flete, gastos de envío, derechos de aduana, recargos, seguros, etc., más IVA. Estos costes se facturarán por separado.
3.2 Para pedidos que no superen un valor neto de 250 euros, cobramos un recargo por cantidad mínima del 10% del valor del pedido, pero de al menos 15 euros.
3\ 3 Salvo que se haya acordado el pago por adelantado, el pago de las entregas deberá efectuarse en un plazo de 30 días a partir de la fecha de la factura, sin deducción alguna, en una de nuestras cuentas indicadas.
3\ 4 En caso de demora en el pago por parte del Comprador, exigiremos como mínimo los intereses de demora legales. Otras reclamaciones por demora, por ejemplo contra comerciantes sobre el interés comercial de vencimiento (§ 353 HGB), no se verán afectadas.
3.5 Excepto en los casos de un acuerdo de precio fijo, las partes se comprometen a acordar una corrección adecuada del precio a petición de una de las partes de acuerdo con los principios de la buena fe si, en el caso de un contrato de larga duración, los costes relacionados con el pedido para nosotros aumentan o disminuyen de forma demostrable y significativa (en más de un 5%) por razones de las que no somos responsables, por ejemplo, debido al aumento de los precios de las materias primas o de los costes energéticos.
3.6 En caso de demora en el pago por parte del Cliente o en caso de dudas justificadas sobre la solvencia del Cliente (incluidos hechos que ya existían en el momento de la celebración del contrato pero que no conocíamos o deberíamos haber conocido), tendremos derecho a exigir pagos por adelantado o la constitución de garantías por los servicios pendientes antes de seguir ejecutando el pedido. Una vez transcurrido sin éxito un plazo de gracia razonable para la prestación de dichas garantías, tendremos derecho (sin perjuicio de otros derechos legales) a rescindir el contrato.
3.7 Si el Cliente nos ha dado una orden de domiciliación bancaria SEPA, el próximo cobro por domiciliación bancaria se anunciará generalmente con antelación junto con la factura a más tardar 1 (un) día natural antes de la fecha de vencimiento de la domiciliación bancaria (información previa/"notificación previa").
4. compensación, derecho de retención.
El cliente sólo tendrá derecho a compensación si sus contrademandas han sido legalmente establecidas o son indiscutibles o han sido reconocidas por nosotros. El cliente sólo podrá ejercer derechos de retención en la medida en que su contrademanda se base en la misma relación contractual.
5. alcance de la entrega, desviación del pedido, riesgo de aprovisionamiento.
5.1 Nuestra confirmación de pedido por escrito será determinante para el alcance de la entrega. Las entregas parciales están permitidas y se harán constar en la factura de entrega.
5.2 Si se piden herramientas o piezas especiales y no es económicamente factible fabricar el número exacto de unidades, tendremos derecho a exceder o no alcanzar la cantidad del pedido hasta en un 10%, pero al menos en dos unidades, como es habitual en el comercio. Se facturará la cantidad real de entrega.
5.3 Si los productos sólo están disponibles en una determinada unidad de embalaje, nos reservamos el derecho de redondear a la cantidad inmediatamente superior de la unidad de embalaje o de cobrar un recargo del 10%.
5.4 No asumimos ningún riesgo de aprovisionamiento por los productos a entregar.
5\ 5 Los portes incorrectos de los que sea responsable el Comprador o su transportista correrán a cargo del Comprador.
6. plazo de entrega y de ejecución
6.1 Los plazos de entrega vinculantes deberán acordarse expresamente como tales por escrito. Otros plazos de entrega no acordados expresamente como vinculantes son plazos de entrega no vinculantes o aproximados que intentaremos cumplir.
6.2 Los plazos de entrega excepcionalmente vinculantes comenzarán a contar a partir de la fecha de confirmación del pedido por nuestra parte, pero no antes de que se hayan aclarado todos los detalles del pedido, incluida la entrega, y se hayan cumplido todos los requisitos que debe cumplir el Comprador. Si el ordenante solicita cambios después de haber realizado el pedido y nosotros aceptamos el cambio, se iniciará un nuevo plazo de entrega.
6.3.La fecha de entrega será la fecha de notificación de disponibilidad para el envío. Se admiten entregas antes de la expiración del plazo de entrega.
6.4.Si se producen acontecimientos de los denominados de fuerza mayor, de los que se nos informará inmediatamente en cada caso, el plazo de entrega se prorrogará por la duración del impedimento. Se considerarán causas de fuerza mayor los conflictos laborales, las intervenciones oficiales, la escasez de energía y materias primas, los impedimentos operativos no imputables a nosotros, como los incendios, el agua y los daños en máquinas, así como todos los demás impedimentos que, considerados objetivamente, no hayan sido causados culpablemente por nosotros. Si se ha acordado de forma vinculante una fecha de entrega o un plazo de entrega y se sobrepasa en más de dos meses debido a sucesos del tipo mencionado anteriormente, el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato debido a la parte aún no cumplida.
6.5 En el caso de los denominados pedidos a la demanda, podremos solicitar un calendario vinculante dos semanas después de la confirmación del pedido. Si el cliente no atiende esta solicitud en el plazo de estas dos semanas o si se demora en la aceptación, tendremos derecho a fijar un plazo de gracia de dos semanas y, tras su vencimiento, a rescindir el contrato y reclamar daños y perjuicios. En principio, las entregas solicitadas bajo demanda se aceptarán en un plazo de seis meses a partir de la fecha de confirmación del pedido, salvo acuerdo en contrario.
6.6 Si, en casos excepcionales, somos responsables del incumplimiento de los plazos de entrega vinculantes, el Comprador tendrá derecho a una indemnización por los daños y perjuicios demostrables que haya sufrido como consecuencia del retraso, limitada, no obstante, a un máximo del 0,5% del valor de la mercancía retrasada por cada semana completa de retraso y a un máximo total del 5% del valor de la mercancía afectada por el retraso. La indemnización por otros daños y perjuicios, en particular el lucro cesante y otros daños indirectos, quedará excluida de conformidad con la cláusula 9. de estas CGC ("Limitación de responsabilidad").
7. Envío y transferencia del riesgo
7.1 Salvo que se acuerde o especifique otra cosa (por ejemplo, para entregas dentro de Alemania), todas las entregas se realizarán franco almacén o franco fábrica (véase la cláusula 3. de estas CGC), que es también el lugar de cumplimiento para cualquier cumplimiento posterior. En consecuencia, el Comprador será responsable del transporte/envío y el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental pasará al Comprador en el momento de la entrega al transportista/persona designada para realizar el envío.
7.2 Asimismo, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental pasará al Comprador en el momento del envío al Comprador si enviamos las mercancías al Comprador a petición de éste. Nos reservamos el derecho a elegir la ruta y el medio de transporte. Estamos autorizados, pero no obligados, a asegurar las entregas en nombre y por cuenta del comprador.
7.3 La entrega o la aceptación se considerarán efectuadas si el comprador se demora en la aceptación. En caso de demora en la aceptación, también estaremos autorizados, pero no obligados, a almacenar la mercancía por cuenta y riesgo del Cliente.
7.4 En caso de suspensión de la entrega por demora en el pago o en la aceptación o por cualquier otro motivo del que sea responsable el Comprador, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental pasará al Comprador a más tardar en el momento de la notificación de la disponibilidad para el envío.
7.5 La mercancía notificada como lista para el envío deberá ser retirada inmediatamente. En caso contrario, tendremos derecho a expedirlas a nuestra discreción o a almacenarlas por cuenta y riesgo del Comprador.
7.6 Si se ha previsto o acordado la recepción, ésta deberá tener lugar inmediatamente después de la notificación de la disponibilidad para la recepción en nuestro respectivo centro de entrega especificado. Si la aceptación no tiene lugar a pesar de haberse fijado un plazo razonable o si el Comprador renuncia a la aceptación, tendremos derecho a enviar la mercancía sin aceptación o a almacenarla por cuenta y riesgo del Comprador.
**8. garantía
8.1 El plazo de garantía será de 12 meses a partir de la transmisión del riesgo. Por el contrario, el plazo legal se aplicará a las reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos o por lesiones a la vida, la integridad física o la salud. Las piezas de desgaste quedan excluidas de la garantía. Salvo acuerdo individual, no asumimos ninguna garantía de calidad. La realización de trabajos en garantía no constituirá en ningún caso el reconocimiento de un defecto.
8.2 No se admiten devoluciones que no se basen en un defecto del artículo adquirido. Si excepcionalmente se permite una devolución sobre la base de un acuerdo expreso por escrito, sólo se emitirá una nota de abono previa deducción de al menos el 25% del precio de compra. Todos los gastos de devolución correrán a cargo del cliente.
8.3 Las reclamaciones del cliente por defectos estarán sujetas a la condición de que el cliente haya cumplido con sus obligaciones legales de examinar la mercancía y notificar los defectos (por ejemplo, §§ 377, 381 HGB). Los defectos evidentes deberán sernos notificados por escrito en un plazo de ocho días naturales a partir de la entrega, los defectos ocultos en el mismo plazo a partir de su descubrimiento. Si el comprador no inspecciona debidamente la mercancía y/o no nos notifica los defectos, quedará excluida nuestra responsabilidad por el defecto no notificado/no notificado a tiempo.
8.4 Si la cosa entregada es defectuosa, podremos elegir entre realizar el cumplimiento posterior subsanando el defecto (rectificación) o entregando una cosa libre de defectos (sustitución). El cumplimiento posterior no incluirá la retirada del objeto defectuoso ni la reinstalación si no estábamos obligados originalmente a instalar el objeto. El cliente deberá concedernos el tiempo y la oportunidad necesarios para el cumplimiento posterior debido, en particular para entregar la mercancía reclamada a efectos de inspección. En caso de sustitución, el cliente deberá devolvernos el artículo defectuoso.
8.5 Si tras la inspección resulta que no hay defecto, podremos exigir al comprador el reembolso de los gastos en que hayamos incurrido como consecuencia de la reclamación injustificada (en particular, los gastos de inspección y transporte), a menos que la falta de defectuosidad no fuera evidente para el comprador.
8.6 Las reclamaciones del Comprador por daños y perjuicios o reembolso de gastos inútiles existirán también en caso de defectos sólo de conformidad con la cláusula 9 de estas CGC y quedan excluidas por lo demás.
8\ 7 Los plazos de prescripción de la ley de compraventa arriba mencionados también se aplicarán a las reclamaciones contractuales y extracontractuales por daños y perjuicios del Comprador basadas en un defecto de la mercancía, a menos que la aplicación del plazo de prescripción legal ordinario (§§ 195, 199 BGB) condujera a un plazo de prescripción más corto en el caso individual.
9. limitación de responsabilidad
9.1 Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios, independientemente de su fundamento jurídico, a menos que se nos pueda imputar dolo o negligencia grave o que el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales no sea meramente insignificante (apartado 2). Cuando seamos responsables por negligencia simple, la responsabilidad se limitará a la indemnización por daños previsibles, típicos y directos. En particular, queda excluida la indemnización por daños indirectos, como el lucro cesante, la pérdida de producción y uso y las pérdidas económicas debidas a reclamaciones de terceros.
9.2 Obligaciones contractuales esenciales son aquellas obligaciones que protegen posiciones contractuales esenciales del Comprador, que el contrato debe otorgar al Comprador de acuerdo con su contenido y finalidad, así como aquellas obligaciones contractuales cuyo cumplimiento permite en primer lugar la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia el Comprador confía y puede confiar regularmente.
9.3 Las limitaciones de responsabilidad antes mencionadas también se aplicarán en caso de incumplimiento de obligaciones por o a favor de personas de cuya culpa seamos responsables de conformidad con las disposiciones legales. No se aplicarán en la medida en que hayamos ocultado fraudulentamente un defecto, en el caso de garantías concedidas con carácter excepcional, para reclamaciones del cliente en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos o por lesiones a la vida, la integridad física o la salud.
10. alquiler de contenedores y alquiler de palés.
10.1 Si ponemos a disposición del Cliente la mercancía solicitada en europalets u otros embalajes reutilizables, éstos deberán ser cambiados por el Cliente en un plazo de 7 días naturales por artículos de sustitución del mismo tipo y valor o devueltos a nosotros. En caso contrario, tendremos derecho a facturar al cliente los palés/embalajes utilizados al precio de sustitución.
10.2 En el caso de entregas de gas, los contenedores o palés de alquiler sólo se facilitarán al Cliente en régimen de alquiler para el transporte, almacenamiento y para consumo propio de los gases adquiridos. Queda prohibido cualquier otro uso o cesión a terceros. Una vez vaciados, el Cliente deberá devolvernos inmediatamente los contenedores y palés a su cargo.
10.3 El Cliente será responsable de todo daño, contaminación, así como de la pérdida de los contenedores o pallets alquilados y estará obligado a informarnos inmediatamente en tales casos.
10.4 Para los contenedores alquilados proporcionados al Cliente, que no hayan sido utilizados durante un periodo razonable de más de tres meses, podremos exigir como garantía una cantidad igual al precio de lista de contenedores nuevos del mismo tipo aplicable en el momento de la compra. Este importe es pagadero inmediatamente. Tan pronto como el cliente devuelva un contenedor para el que ha prestado la garantía, recibirá la garantía de vuelta sin intereses menos los costes de reparación. Si el Comprador no devuelve los contenedores, el importe de la garantía se deducirá de la indemnización que deba pagar el Comprador. No se indemnizará el contenido residual de los contenedores devueltos.
**11. reserva de propiedad
11.1 Nos reservamos la propiedad de la mercancía entregada hasta que se hayan satisfecho íntegramente todas las reclamaciones contra el Comprador derivadas de la relación comercial (reserva de cuenta corriente). La transformación o modificación se realizará siempre en nombre y por cuenta de, pero sin obligación por nuestra parte y sin pérdida de la propiedad.
11.2 Las partes acuerdan que la reserva de propiedad también se considerará prorrogada. El cliente tiene derecho a vender la mercancía en el curso normal de sus negocios. Se prohíben otras disposiciones, en particular se prohíbe el acuerdo de prohibiciones de cesión con los clientes, lo que podría causar la caducidad de nuestra propiedad.
11.3 Por la presente, el comprador nos cede todos los derechos que le correspondan por el uso de la mercancía reservada. Si la mercancía se vende con objetos de terceros o se utiliza como material, la cesión sólo cubrirá la parte de los ingresos correspondiente a la cuota de copropiedad.
11.4 El derecho a revender la mercancía comprada se extinguirá si el Comprador suspende el pago o se demora en el mismo. En este caso, tendremos derecho a revelar la cesión y a cobrar nosotros mismos el crédito. El cliente deberá notificarnos por escrito sin demora si se solicita la apertura de un procedimiento de insolvencia contra su patrimonio.
11.5 El cliente sólo tendrá derecho a cobrar los créditos cedidos en el curso ordinario de sus negocios. Comunicará inmediatamente cualquier embargo de la mercancía reservada por parte de terceros y correrá con los gastos de cualquier intervención. El Cliente asegurará la mercancía reservada adecuadamente a su costa, en particular contra robo, agua, rotura, incendio y otros daños a valor de reposición. Tratará la mercancía reservada con cuidado, en particular observando las instrucciones de mantenimiento y uso previstas.
11.6 Nos comprometemos a liberar las garantías a petición del Comprador en la medida en que el valor realizable de la garantía supere el crédito a garantizar en más de un 10%. La selección de las garantías a liberar nos corresponderá a nosotros.
11.7 En caso de impago del precio de compra debido a pesar de la expiración de un plazo de gracia razonable o de su prescindibilidad, tendremos derecho a rescindir el contrato de conformidad con las disposiciones legales y/o a exigir la devolución de la mercancía sobre la base de la reserva de dominio. La exigencia de devolución no incluye al mismo tiempo la declaración de desistimiento; más bien estamos autorizados a exigir únicamente la devolución de la mercancía y a reservarnos el derecho de desistimiento.
11.8 Durante la vigencia de la reserva de dominio, nos corresponderán todos los derechos derivados de las pólizas de seguro de propiedad suscritas por el Comprador en relación con las mercancías sujetas a reserva de dominio en caso de daños. Salvo pacto en contrario, los beneficios de dichos seguros se destinarán íntegramente a la reparación del objeto de suministro. Si, en caso de daños graves, se renuncia a la reparación con nuestro consentimiento, el beneficio del seguro se utilizará para reembolsar el precio de compra y cualquier reclamación accesoria que podamos tener.
12. Restricciones de reventa y exportación.
12\ 1 En caso de reventa prevista de la mercancía, el Comprador se compromete a cumplir las restricciones legales a la exportación y otras disposiciones, en particular la Ley de Control de Armas de Guerra y la Ley de Exportación, así como las restricciones comerciales internacionales, boicots y sanciones de la ONU.
12.2 Si el Comprador incumple las obligaciones que le incumben en virtud del párr. 1 y si como consecuencia de ello sufrimos daños o se nos impone una multa o sanción administrativa, el Comprador nos indemnizará en esta medida.
**13 Derecho aplicable, fuero competente
13.1 Estas CGV y la relación contractual entre nosotros y el Comprador se regirán por las leyes de la República Federal de Alemania, excluyendo el derecho uniforme internacional, en particular la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.
13.2 La jurisdicción exclusiva, incluida la jurisdicción internacional, para todos los litigios derivados directa o indirectamente de la relación contractual será Fráncfort del Meno. No obstante, también tendremos derecho en todos los casos a interponer una demanda en el lugar de cumplimiento de la obligación de entrega de conformidad con estas CGC o un acuerdo individual previo o en el fuero general del Comprador. Las disposiciones legales imperativas, en particular las relativas a la jurisdicción exclusiva, no se verán afectadas.
**14. cláusula de divisibilidad
En caso de que alguna de las disposiciones de las presentes CGV fuera o llegara a ser inválida o nula, el resto de las disposiciones no se verán afectadas. Las partes se comprometen a sustituir la disposición inválida por una disposición jurídicamente válida que se aproxime lo más posible a su objetivo económico.
estado: Noviembre 2020
Condiciones suplementarias de entrega y pago para entregas dentro de Alemania:
Recargos sobre el precio:
Mercancías peligrosas: 9,50 € de recargo por mercancías peligrosas, por entrega Ejemplo: Producto nº 035510-A
Material de soldadura: Los precios del material de soldadura dependen principalmente de los precios actuales de la plata y el cobre. Se reservan los recargos debidos al aumento de los precios de las materias primas; solicite los precios actuales.
Envío / tarifa plana de envío dentro de Alemania:
El envío lo realizamos a través de empresas de transporte de nuestra elección. Para ello cobramos una tarifa plana:
- Valor de la mercancía hasta 250,00 €: Tarifa plana de 12,00 euros netos, más recargo por pequeñas cantidades de acuerdo con el punto 3, párrafo 2 de las CGV (10%, mínimo 10 euros; a partir del 01.01.2021: 15 euros).
- Valor de las mercancías hasta 399,99 euros: Tarifa plana de 12,00 euros netos.
- Valor de los bienes a partir de 400,00 €: entrega gratuita.
Pago de entregas dentro de Alemania: 30 días netos a partir de la fecha de la factura (sin descuento).