Condiciones generales de exportación

Condiciones generales de exportación

1. Disposiciones generales

1.1 Las presentes Condiciones Generales de Exportación (AExB) se aplicarán a todas las transacciones comerciales entre el comprador y ROTHENBERGER en lo que se refiere a transacciones/comercios similares o relacionados. No se aceptan las condiciones generales del comprador y sólo se aplicarán si y en la medida en que se hayan acordado explícitamente por escrito en casos concretos.

1.2 Cuando estas AExB se apliquen a un contrato concreto, las modificaciones o desviaciones de las mismas deberán acordarse por escrito.

2. Definiciones

En estos AExB los siguientes términos tendrán el significado que aquí se les asigna:

Por "contrato" se entenderá el acuerdo escrito entre las partes relativo a la ejecución de los bienes y servicios y todos los apéndices, incluidas las modificaciones y adiciones acordadas a dichos documentos;

Por "precio del contrato" se entenderá el pago que debe hacerse por los bienes y servicios;

Por "negligencia grave" se entenderá una acción u omisión que implique, bien no prestar la debida atención a las graves consecuencias que un socio contractual consciente prevería normalmente como probables, bien ignorar deliberadamente las consecuencias de dicha acción u omisión;

Por "escrito" se entenderá la comunicación mediante un documento firmado por las partes, o por carta o fax, correo electrónico y otros medios acordados por las partes;

Por "bienes" se entenderá toda la maquinaria, aparatos, materiales y artículos que ROTHENBERGER deba suministrar en el marco del contrato;

Por "lugar" se entenderá el sitio en el que se van a montar las mercancías, incluida toda la zona circundante que sea necesaria para la descarga, el almacenamiento y el transporte interno de las mercancías y el equipo de montaje.

3. Información sobre el producto, no divulgación, propiedad de los documentos

3.1 Toda la información y los datos contenidos en la documentación general del producto y en las listas de precios, ya sean electrónicas o en cualquier otra forma, sólo son vinculantes en la medida en que se incluyan por referencia expresamente en el contrato.

3.2 Todos los planos y la documentación técnica relativos a los bienes presentados por una parte a la otra antes o después de la celebración del contrato serán propiedad de la parte que los haya presentado.

3.3 Los dibujos, documentos técnicos u otra información técnica recibida por el comprador no podrán ser utilizados, sin el consentimiento de ROTHENBERGER, para ningún otro fin que no sea el que se les ha proporcionado. El comprador se compromete a mantener en secreto toda la información, incluidos los conocimientos técnicos, los documentos, los planos, los dibujos, etc. de los que haya tenido conocimiento a través de la colaboración con ROTHENBERGER. Sin el consentimiento de ROTHENBERGER, no podrán utilizarse ni copiarse, reproducirse, transmitirse o comunicarse a terceros.

3.4 Si el Comprador infringe esta obligación de confidencialidad, ROTHENBERGER tendrá derecho a exigir una indemnización de 50.000 euros por cada infracción.

3.5 ROTHENBERGER pondrá a disposición del comprador la documentación e información necesarias para que éste pueda operar las obras. ROTHENBERGER no está obligada a facilitar ningún plano de fabricación de la mercancía ni de las piezas de recambio.

4. Precios y pagos

4.1 Los precios son válidos para la entrega Ex Works sin IVA. Si es necesario, los gastos de envío que se cobrarán por separado.

4.2 Las partes acuerdan las siguientes condiciones de pago: directamente sin descuento.

4.3 ROTHENBERGER cobra un importe de 40 EURO por gastos administrativos para todos los pedidos con un valor inferior a 500 EURO netos.

4.4 ROTHENBERGER cobra un importe de 25 EURO en concepto de gastos administrativos para todos los pedidos de piezas de recambio con un valor inferior a 100 EURO netos.

4.5 En caso de impago, ROTHENBERGER tiene derecho a cobrar intereses de demora por valor de 5 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico del Deutsche Bundesbank, a partir del día de vencimiento del pago.

5. Entrega y plazo de entrega

5.1 La entrega será Ex Works (EXW Incoterms 2010). El lugar de entrega es el correspondiente almacén de ROTHENBERGER.

5.2 El inicio del plazo de entrega indicado por ROTHENBERGER presupone que el comprador cumple correctamente y a tiempo con sus obligaciones.

5.3 En caso de incumplimiento de la aceptación (si se ha acordado) o de cualquier otra infracción culpable por parte del comprador de su obligación de cooperación, ROTHENBERGER tiene derecho a reclamar daños y perjuicios, incluidos todos los gastos adicionales necesarios. ROTHENBERGER se reserva el derecho de hacer valer otras reclamaciones.

5.4 En caso de incumplimiento de la aceptación (si se ha acordado), cualquier riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transmitirá al comprador desde el comienzo del retraso.

5.5 ROTHENBERGER queda eximida de la obligación de cumplir pero por cualquier operación de la ley (obstáculos legales como embargos, restricciones a la exportación, etc.), así como por todas las razones de fuerza mayor.

5.6 Si el Comprador tiene intención de revender la mercancía, se compromete a respetar las restricciones legales a la exportación y cualquier otra disposición establecida, por ejemplo, la Ley de Control de Armas Militares y la Ley de Exportación, así como las restricciones comerciales internacionales, los boicots y las sanciones de la ONU. Si el Comprador actúa en contra de alguna de estas disposiciones, deberá indemnizar al Proveedor por todas las sanciones civiles y administrativas, así como por cualquier otra multa.

6. Modificaciones, desviaciones; riesgo de contratación/ejercicio

6.1 ROTHENBERGER tiene derecho a realizar modificaciones no esenciales de material y construcción siempre que estas modificaciones no tengan consecuencias para el precio, la calidad, la capacidad funcional o la eficiencia acordados.

6.2 En ningún caso ROTHENBERGER asume el riesgo de contratación (riesgo de ejercicio).

7. Transmisión del riesgo

El riesgo de pérdida o daño de la mercancía se transmitirá al comprador cuando ROTHENBERGER ponga la mercancía a disposición del comprador, según EXW INCOTERMS 2010.

8. Incumplimiento del comprador

8.1 Si el comprador prevé que no podrá cumplir con sus obligaciones necesarias para la entrega de la mercancía por parte de ROTHENBERGER, incluyendo todos los trabajos preparatorios y asegurándose de que ROTHENBERGER ha sido informado de todas las normativas y leyes pertinentes, deberá notificarlo inmediatamente a ROTHENBERGER por escrito, indicando el motivo y el momento en que podrá cumplir con sus obligaciones.

8.2 Si el comprador no cumple correctamente y a tiempo sus obligaciones necesarias para la entrega de la mercancía, cualquier fecha fijada que vincule a ROTHENBERGER, pierde su carácter vinculante. En este caso, ROTHENBERGER podrá suspender total o parcialmente la ejecución del contrato y podrá requerir por escrito al comprador que subsane el incumplimiento en un plazo final razonable. ROTHENBERGER se encargará de almacenar la mercancía por cuenta y riesgo del comprador.

8.3 Si el cumplimiento se retrasa por el incumplimiento del comprador, éste deberá, no obstante, pagar la parte del precio del contrato que, de no ser por dicho retraso, hubiera sido exigible. El comprador deberá reembolsar a ROTHENBERGER los gastos en los que razonablemente haya incurrido ROTHENBERGER como consecuencia de las medidas antes mencionadas.

8.4 Si el comprador no cumple y subsana su incumplimiento dentro del plazo fijado por ROTHENBERGER según el artículo 8, apartado 2, ROTHENBERGER podrá rescindir el contrato mediante una notificación por escrito. En ese caso, ROTHENBERGER tendrá derecho a una indemnización por el perjuicio sufrido a causa del incumplimiento del comprador.

8.5 El almacenamiento de la mercancía suministrada en las instalaciones del comprador es por cuenta y riesgo de éste. La mercancía suministrada por ROTHENBERGER no debe almacenarse en el exterior, aunque se coloquen fundas, cajas, etc. sobre la mercancía para protegerla. En caso de almacenamiento externo, queda excluida la responsabilidad de ROTHENBERGER por defectos.

9. Conservación del título

9.1 Toda la mercancía vendida al comprador seguirá siendo propiedad de ROTHENBERGER hasta que sea pagada en su totalidad, incluyendo el pago por la entrega de la mercancía y los intereses de demora, en la medida en que dicha reserva de dominio sea válida según la legislación aplicable.

9.2 A petición de ROTHENBERGER, el comprador ayudará a ROTHENBERGER a tomar todas las medidas necesarias para proteger la propiedad de ROTHENBERGER en el país en cuestión.

9.3 La retención del título no afectará a la transmisión del riesgo en virtud del artículo 7.

10. Responsabilidad por defectos; Garantía

10.1 En virtud de lo dispuesto en el presente artículo 10, ROTHENBERGER reparará cualquier defecto o disconformidad de la mercancía que se derive de un diseño, material o mano de obra defectuosos. En ningún caso ROTHENBERGER asume una garantía por las propiedades y condiciones.

10.2 La responsabilidad de ROTHENBERGER se limita a los defectos de la obra que aparezcan en un periodo de 12 meses con un uso diario de 1 turno (8 horas) a partir de la transmisión del riesgo o de la recepción de la mercancía. Si el uso diario supera el uso acordado, este periodo de garantía se reducirá proporcionalmente. Si la recepción se ha retrasado por causas imputables al comprador, la responsabilidad de ROTHENBERGER por los defectos no se prolongará más allá de 18 meses después de la entrega. El lugar de actuación suplementario es el sitio de ROTHENBERGER en Kelkheim.

10.3 El comprador deberá notificar a ROTHENBERGER, sin demora, por escrito, describiendo el defecto, cualquier defecto que aparezca. Esta notificación no podrá realizarse en ningún caso más tarde de 2 semanas después del plazo de vencimiento indicado en el artículo 10, apartado 2. Si el comprador no notifica por escrito a ROTHENBERGER un defecto dentro del plazo establecido en esta cláusula, perderá su derecho a que se subsane el defecto.

10.4 El vencimiento del plazo establecido en el artículo 10, apartado 2, se suspende con la aparición del defecto y continúa con la subsanación efectuada del mismo.

10.5 Siempre que el defecto pueda causar daños graves, el comprador deberá informar inmediatamente a ROTHENBERGER por escrito. El comprador asumirá el riesgo de los daños derivados de su falta de notificación.

10.6 Una vez recibida la notificación, ROTHENBERGER deberá subsanar el defecto sin demora y a su cargo. Siempre que los costes previstos para la subsanación del defecto por parte de ROTHENBERGER sean excesivamente elevados, ROTHENBERGER podrá encargar a un tercero la subsanación del defecto. El comprador deberá subsanar los pequeños defectos tras consultar con ROTHENBERGER.

10.7 La condición previa a la responsabilidad de ROTHENBERGER es el mantenimiento regular, adecuado y comprobado profesionalmente, el uso de materiales y piezas de desgaste y de repuesto de ROTHENBERGER, así como el almacenamiento adecuado de la mercancía según las instrucciones de almacenamiento vigentes de ROTHENBERGER. Ninguna subsanación de un defecto se considerará como un reconocimiento.

10.8 Si el comprador ha realizado dicha notificación y, tal como se menciona en el 10 apartado 3, no se encuentra ningún defecto del que sea responsable ROTHENBERGER, ésta tendrá derecho a la compensación de todos los gastos ocasionados por dicha notificación.

10.9 Las piezas de desgaste están excluidas de la responsabilidad.

10.10 El lugar de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la responsabilidad por defectos es el lugar de entrega según el artículo 5 (1).

11. Limitación de la responsabilidad

11.1 ROTHENBERGER no se responsabiliza de los daños materiales causados por la mercancía después de la competencia y mientras esté en posesión del comprador debido a una negligencia. ROTHENBERGER tampoco será responsable de los daños que sufran los productos fabricados por el comprador o los productos de los que éste forme parte por negligencia.

11.2 En caso de que ROTHENBERGER incurra en responsabilidad frente a terceros por los daños materiales antes descritos, el comprador indemnizará, defenderá y eximirá de responsabilidad a ROTHENBERGER.

11.3 Esta limitación de responsabilidad no se aplica a los daños debidos a negligencia grave o intencionada ni a la responsabilidad por el producto (responsabilidad por el producto).

12. Obligación de recogida y eliminación de residuos

12.1 Con respecto a los aparatos eléctricos y electrónicos nuevos a los que se aplica la Directiva RAEE (2002/96/UE), puestos en circulación después del 13.08.2005, el comprador será responsable de la eliminación de los residuos de acuerdo con las disposiciones de la ley.

12.2 Lo mismo se aplica a los equipos eléctricos y electrónicos puestos en circulación como equipos nuevos antes del 13.08.2005.

13. Software

En la medida en que cualquier software informático forme parte de la entrega, el comprador tiene derecho a utilizar de forma no exclusiva el software y la documentación con la mercancía/objeto de entrega determinado. ROTHENBERGER se reserva todos los demás derechos sobre el software, la documentación y las copias. El comprador no tiene derecho a conceder sublicencias. El comprador no tiene derecho a duplicar, reproducir, modificar el software, ni a cambiar o eliminar los datos del fabricante y el aviso de copyright.

14. Litigios; Derecho aplicable

14.1 Cualquier disputa, controversia, cuestión o interpretación que surja del contrato o de la relación comercial entre ROTHENBERGER y el comprador se someterá, determinará y resolverá por el tribunal competente de Frankfurt, Alemania. Las partes se someten a la jurisdicción y competencia de dichos tribunales.

14.2 Todas las transacciones comerciales o contratos entre ROTHENBERGER y el comprador se regirán por las leyes de Alemania, excluyendo la aplicación de la CISG.

15. Cláusula de salvedad

Si alguna de las disposiciones de las presentes Condiciones Generales fuera o llegara a ser inválida o nula, ello no afectará a las demás disposiciones. Las Partes están obligadas a sustituir la disposición inválida por un acuerdo que se acerque lo más posible a su objetivo comercial original.